domingo, 20 de enero de 2013

Problemas legales


En el ámbito legal suele existir cierta tendencia a escribir en mayúscula todo lo que parezca importante, pero, como ya hemos visto, la mayúscula no se usa para dar importancia a las palabras; es en el contexto en donde adquieren relevancia.

Uno de los problemas más comunes en el ámbito legal es el uso de las mayúsculas para referirse a cuerpos legales: leyes, decretos, normativas, reglamentos, etc. Todos estos elementos suelen escribirse con mayúscula inicial así no la necesiten. La solución es simple: se escriben con mayúscula inicial todas las palabras del título de una norma siempre y cuando esta ya haya sido aprobada. Por ejemplo: Ley Orgánica de Servicio Exterior o Reglamento General de Actividades Turísticas.

En cambio, no se escriben con mayúscula inicial aquellas leyes, reglamentos u otras normas que están en estudio y no han sido aprobadas aún. Esto sucede, por ejemplo, con la ley de medios o de comunicación, que aún no ha sido aprobada y, por lo tanto, no es normativa sino solo un proyecto. En este mismo sentido, cuando se habla de un proyecto de ley, este debe escribirse con minúsculas. También deben escribirse con minúscula los nombres de otros tipos de leyes, aunque no se refieran al campo legal, por ejemplo la ley de Murphy, la ley de Moisés, la ley de gravedad o la ley seca.

Para finalizar, hay que tener cuidado con la palabra ley, pues solo se escribe con mayúscula cuando hace alusión al título de un cuerpo legal. Cuando se refiere al conjunto de leyes, debe también escribirse con minúscula, por ejemplo: ‘Las actividades deben apegarse a la ley’. Como vemos en este caso, y hemos visto en semanas anteriores, es necesario restringir los usos de la mayúscula a aquellos que son parte de la norma.

domingo, 13 de enero de 2013

La 'anarquía' de los nombres


Muchas veces he escuchado que la escritura de los nombres está exenta de cualquier regla ortográfica, es decir, que usted, por tener nombre y apellido, puede escribirlos como quiera. En realidad no es tanto así, pues los nombres y los apellidos, al ser palabras escritas en español, deben cumplir con las reglas ortográficas que rigen a nuestro idioma.

Para empezar, una salvedad: es verdad que la escritura de muchos nombres de pila depende de cómo nos hayan registrado legalmente al nacer y, para evitarnos problemas con la justicia, debemos escribir nuestros nombres como constan en el documento de identidad. Sin embargo, recordemos que, al menos en el Registro Civil ecuatoriano, no suelen tildar las palabras (no discutiremos aquí si es por pereza o por errores del sistema), pero el hecho de que no lleven tilde en la cédula no quiere decir que no la lleven en la ‘vida real’.

Según mi cédula, por ejemplo, soy COBO GONZALEZ MARIA DEL PILAR (así, con mayúsculas y sin tildes), pero no puedo dejar de tildar González o María porque ambas deben tildarse obligatoriamente. Por otro lado, muchas veces se piensa que las mayúsculas no deben tildarse, pero este es mito que debemos desterrar. Si su nombre es Álvaro, lo debe tildar porque es una palabra esdrújula. Igual si su apellido es Égüez, pues se trata de una grave terminada en z.

Obviamente los nombres y los apellidos tienen variantes, como en el caso de mi segundo apellido, que se tilda cuando termina en z (González), pero no se tilda si termina en s (Gonzales). También sucede con nombres como Javier (Xavier) o Elena (Helena), y qué decir de los nombres de otros idiomas. No obstante, lo importante es saber que la escritura de nuestro idioma no es anárquica, ni siquiera en el caso de los nombres, tiene reglas y debemos atenernos a ellas.

domingo, 6 de enero de 2013

Fechas especiales


Como sabemos, las funciones de las letras mayúsculas son dos: diferenciar a los nombres propios de los comunes y dar relevancia a ciertas expresiones denominativas (nombres de fiestas, de calles, de libros, de cargos únicos, etc.). Por tanto, no usamos las mayúsculas de una manera indiscriminada, sino solo en ciertos casos. Hoy revisaremos el uso de las mayúsculas en relación con las fechas.

En primer lugar, tanto los meses como los días de la semana son nombres comunes; por eso,  no deben escribirse con inicial mayúscula, por ejemplo: ‘El martes iré al banco’ o ‘El 12 de septiembre es su cumpleaños’. Los meses y los años únicamente llevarán mayúscula inicial cuando se trate de fechas históricas o fiestas especiales, por ejemplo: Viernes Santo, 24 de Mayo de 1822, avenida Seis de Diciembre.

Hay que tomar en cuenta, en cuanto a las fechas históricas, que solo deben llevar mayúscula si se refieren a la fecha exacta en la que ocurrió el acontecimiento. Por ejemplo: ‘El 24 de Mayo de 1822 fue la Batalla de Pichincha’ y ‘Este 24 de mayo se conmemora la Batalla de Pichincha’. En cuanto a las fechas que dan nombre a lugares, debe anotarse que el número debe escribirse en letras y con mayúscula inicial, así: avenida Seis de Diciembre, mercado Diez de Agosto, etc.

Las fechas especiales también llevan mayúscula inicial, por ejemplo: Navidad, Año Nuevo, Carnaval, Semana Santa. Sin embargo, se escribirán con minúscula cuando se conviertan en nombres comunes: ‘Todas las navidades y años nuevos los pasamos en familia’ o ‘Esa fiesta parecía un carnaval’. La palabra fiesta también cumple con esta regla, solo se escribe con mayúscula cuando es parte del nombre propio, como en el caso de la Fiesta de la Fruta y de las Flores, pero va con minúscula cuando es un nombre genérico: fiestas de Quito o fiestas julianas.

Como vemos, las fechas siempre serán importantes, sin embargo, solo hay algunas que deben escribirse con mayúscula, no solo por cuestiones estéticas, sino también, en cierto modo, por sentido común. De todas maneras, ciertas fechas no dejarán de ser importantes aunque no se escriban con letras más grandes.